El Estado español es un estado descentralizado. La descentralización del poder se manifiesta en la existencia de Comunidades Autónomas (CC.AA)
Organización territorial del Estado español
Tal y como se recoge en el Título VIII de la Constitución Española
: “de la Organización Territorial del Estado”, el territorio nacional se articula según el artículo 137 de la Constitución
:


- Estado, gestionado por la administración general del Estado.
- Comunidades autónomas, gestionadas por la administración regional o autonómica.
- Provincias, que se gestionan a través de la administración provincial.
- Municipios, unidad territorial menor que se gestiona desde el ayuntamiento o administración local.
Estas administraciones se reparten cuotas de poder que son conocidas como competencias y cuyo fin es facilitar el gobierno y el cumplimiento de las actividades del Estado
Las competencias exclusivas del Estado (administración general) se recogen en el artículo 149 de la Constitución
.

En total son 32 competencias entre las que se pueden destacar:
- las relaciones internacionales.
- la defensa y la administración de las fuerzas armadas.
- el comercio exterior.
- las obras públicas y de interés general.
- Estadísticas para fines estatales.
Las competencias de la Administración Regional o Autonómica se recogen en el artículo 148 de la Constitución
.

En total son 22 competencias, entre otras:
- La organización de sus instituciones de autogobierno.
- Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
- Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.
- los montes y aprovechamientos forestales.- la pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.
- La organización territorial y administrativa del Estado español
- Estado, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos

- La España autonómica en ArteHistoria

- Se plantean en clase y/o se envian por correo
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